El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Cádiz, ha confirmado la condena impuesta a un hombre por un delito de abuso sexual cometido en su domicilio de Algeciras contra una menor, amiga de su nieta. La resolución respalda íntegramente el fallo previo de la Audiencia Provincial de Cádiz.
Los hechos se produjeron entre 2018 y 2020, cuando la víctima tenía entre ocho y diez años. Según quedó acreditado en la sentencia, el acusado aprovechaba momentos en los que se encontraba a solas con la niña para sentarla en su regazo y realizar conductas constitutivas de abuso sexual.
Tras ser condenado a cuatro años y un día de prisión, el procesado recurrió la sentencia ante el TSJA alegando supuestos defectos procedimentales, negando los hechos y solicitando, de manera subsidiaria, una rebaja de la pena y de la responsabilidad civil, además de la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas.
El tribunal ha rechazado todas estas pretensiones al considerar que la resolución inicial estaba sólidamente motivada y basada en una valoración correcta de las pruebas. Entre ellas, se incluyó la exploración de la menor, grabada en soporte audiovisual, así como los testimonios del padre de la víctima, de los agentes policiales y los informes psicológicos aportados durante el juicio.
El TSJA también subraya que no se produjeron irregularidades relevantes en la práctica probatoria y que no era necesario que la menor declarase de nuevo, al entender que repetir su testimonio podría suponer una revictimización innecesaria. Además de la pena de prisión, se mantiene la imposición de cinco años de libertad vigilada una vez cumplida la condena.