El Ayuntamiento de Algeciras ha presentado un recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía contra la sentencia que le obliga a habilitar un cementerio islámico en la ciudad. Dicha resolución, emitida por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Algeciras el pasado 24 de marzo (sentencia 29/2025), instaba al Consistorio a aplicar la legislación vigente en materia de Policía Sanitaria Mortuoria y a reservar una zona con parcelas suficientes para el enterramiento de personas musulmanas.
El recurso se apoya en dos pilares esenciales. Por un lado, el concejal delegado de Cementerios, Ángel Martínez, ha señalado que los servicios jurídicos municipales consideran que la Comunidad Islámica Al Rahmah no era la entidad competente para iniciar la reclamación, sino que debía haberlo hecho la Comisión Islámica de España. Por otro, defienden que no se han vulnerado derechos fundamentales de la comunidad musulmana, lo que, a su juicio, invalida este argumento como base de la demanda.
Martínez ha recordado que la propia sentencia admite que, pese a la existencia de una obligación legal, “ello no implica que la concesión sea automática y que esté exenta de llevar la tramitación oportuna”. Esta precisión se refiere a la necesidad de cumplir los procedimientos administrativos correspondientes antes de habilitar el espacio solicitado.
La sentencia inicial instaba a cumplir lo establecido en la Ley 26/1992, que reconoce el derecho a los ritos funerarios islámicos, lo que implicaría acondicionar en el cementerio municipal una zona acorde a estas prácticas, siempre que así se solicite formalmente.
Desde el equipo de Gobierno se asegura que “se respetan profundamente las decisiones judiciales, así como las creencias religiosas y culturales de los vecinos”, pero se considera que hay fundamentos suficientes para recurrir la decisión, en un proceso que podría prolongarse en el tiempo.