Prohibido pescar besugos en el Estrecho durante 60 días
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha establecido una veda espaciotemporal de 60 días, desde el 31 de enero hasta el 31 de marzo de cada año, que prohíbe la pesca de besugo o voraz en el estrecho de Gibraltar y la isla de Alborán. La orden, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), afecta a los buques españoles que utilicen palangre, voracera y líneas de mano, así como a la pesca recreativa y deportiva con caña en la zona.
El objetivo de esta prohibición temporal es proteger las poblaciones de besugo, cuya sobreexplotación y agotamiento han sido señalados en los últimos dictámenes científicos presentados ante el comité científico asesor de la Comisión General de Pesca del Mediterráneo (CGPM).
Además, esta medida se enmarca dentro de las acciones correctoras para el besugo en el mar de Alborán recogidas en el reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, que fija para 2025 las cuotas pesqueras en el Mediterráneo y el mar Negro.
Con esta decisión, el Ministerio ha subrayado su compromiso con una gestión pesquera sostenible, alineada con las normas internacionales y comunitarias. Se espera que el cierre temporal contribuya a la recuperación de la especie, permitiendo una explotación más equilibrada en el futuro.