Nuevas condiciones para residir, desplazarse y reagrupar a la familia en el entorno transfronterizo (X)
España tendrá un papel clave en visados y permisos de residencia mientras se elimina la frontera física en la Verja
El nuevo acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido en respect of Gibraltar establece un marco específico para regular la residencia, los desplazamientos y la situación de las familias en el nuevo escenario posterior al Brexit. La Parte Dos del tratado, dedicada a la circulación de personas, desarrolla un modelo propio que combina la eliminación de barreras físicas con normas detalladas sobre control y autorización de estancias .
El texto prevé la eliminación de la infraestructura actual en el paso terrestre entre La Línea de la Concepción y Gibraltar , pero acompaña esta medida con un sistema de salvaguardias en materia de residencia y movilidad para preservar la integridad del espacio Schengen.
Permisos de residencia en Gibraltar
El acuerdo introduce reglas específicas para la expedición de permisos de residencia en Gibraltar, otorgando a España un derecho de veto en determinados supuestos .
Además, se fijan condiciones mínimas bajo las cuales la legislación podrá reconocer el derecho de residencia en el Peñón, junto con mecanismos de evaluación de riesgos y la posibilidad de imponer restricciones de viaje en casos justificados .
Estas disposiciones buscan garantizar que la eliminación de la frontera física terrestre no suponga una desprotección del sistema europeo de control exterior.
Visados y primera entrada
En materia de visados, el tratado atribuye a España la competencia para expedir visados de corta duración cuando la primera entrada se produzca por Gibraltar y el destino principal sea el Peñón .
Asimismo, se prevé un papel específico de España en la emisión de visados excepcionales en frontera exterior . Esto implica que, aunque los controles se realicen en el puerto y aeropuerto de Gibraltar, la aplicación de las normas europeas en esta materia recaerá en las autoridades españolas.
Solicitudes de protección internacional y cooperación
El acuerdo regula también el examen de solicitudes de protección internacional, estableciendo un papel de consulta para España en estos procedimientos .
A ello se suma la cooperación en materia de seguridad, control migratorio, cooperación policial y judicial, integrada en la Parte Dos del tratado . Todo ello forma parte del sistema de garantías que acompaña al nuevo modelo de movilidad.
Familias y trabajadores transfronterizos
La Parte Cuatro del acuerdo amplía la protección a los familiares de los trabajadores fronterizos, asegurando que puedan beneficiarse del régimen previsto para quienes residen legalmente en España y trabajan en Gibraltar .
El texto contempla igualmente la coordinación en materia de Seguridad Social, a través de un protocolo específico, para proteger los derechos sociales derivados de la movilidad laboral .
Movilidad sin barreras físicas, pero con control normativo
El acuerdo establece que todas las barreras físicas serán eliminadas conforme al plan de aplicación pactado entre España y el Reino Unido . Sin embargo, esa supresión va acompañada de un entramado normativo que regula residencia, visados, control exterior y cooperación institucional.
Para el entorno del Campo de Gibraltar, el nuevo sistema implica un tránsito terrestre más fluido, pero sujeto a reglas precisas sobre quién puede residir en Gibraltar, en qué condiciones y bajo qué controles se autoriza la entrada o permanencia.